Los beneficiarios del Seguro Popular tienen derecho a recibir el tratamiento de las enfermedades incluidas en el Catálogo Universal de Servicios de Salud (CAUSES), el cual cubre el 100% de los servicios médicos que se prestan en los Centros de Salud (1er. nivel) y el 95% de las acciones hospitalarias (2° nivel) y los medicamentos asociados.
Asimismo, tienen derecho a recibir el tratamiento de aquellas enfermedades incluidas en el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, entre las cuales se encuentran: Cuidados Intensivos Neonatales, Cáncer Cérvico-Uterino, Tratamiento Retroviral del VIH-SIDA, Cáncer de Mama, entre otras.
De acuerdo con el estudio “Enfermedad Renal Crónica y su atención mediante tratamiento sustantivo en México” de la Universidad Nacional Autónoma de México, en México mueren 60 mil personas cada año por esta enfermedad y estima que para 2025 será la décima causa de muerte a nivel nacional.
El seguro de enfermedad grave cubre habitualmente los riesgos de padecer una decena de patologías, principalmente cáncer, infarto de miocardio, un accidente cerebrovascular o un trasplante de órganos. Estas pólizas en España suelen incluirse en algunos seguros de vida, aunque, como en otros países, ya se han comenzado a comercializar por separado. Incluso el alzhéimer o una situación de coma se pueden cubrir, y han aparecido productos específicos para el caso de sufrir un tumor de mama.
“No se conoce cuántas personas en España tienen un seguro de enfermedad grave porque son datos que hasta ahora no se recogen”, desvela José Miguel Rodríguez-Pardo, coordinador del proyecto de Agers y profesor de la Universidad Carlos III, aunque algunas estimaciones sitúan la cifra entre 100.000 y 200.000 pólizas.
Actualmente, el seguro se cobra bajo dos modalidades. La primera consiste en obtener anticipadamente el capital que el cliente se llevaría en caso de fallecimiento. La segunda, se trata de un monto adicional, ya que a la muerte los beneficiarios siguen cobrando por el fallecimiento del asegurado.